Mostrando las entradas con la etiqueta Deudor Hipotecante. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Deudor Hipotecante. Mostrar todas las entradas

domingo, 17 de febrero de 2008

ELIMINACION DE DEUDOR NO HIPOTECANTE

Se constituye una escritura de hipoteca en la que figuraban tres prestatarios el primero como deudor hipotecante (propietario de la finca hipotecada) y los otros dos como deudores personales, es decir no hipotecante.
Se otorga una escritura de liberación de prestatario, por la que se libera de cualquier responsabilidad a un deudor personal. ¿Como habría que liquidarlo?
El Centro de Información y Atención Tributaria de la Consejería de Economia y Hacienda de Andalucia contesta:
"... tributa al tipo impositivo del 1% y la base imponible vendrá constituida por la total responsabilidad hipotecaria del deudor que es eliminado del préstamo hipotecario y que pasa a los otros dos deudores..."
¿Qué opinais sobre la contestación?